San Román: Procuraduría presenta oposición por prevaricato contra juez Guido Chavarría
Simultáneamente, denunció al Sindicato de Trabajadores de la Dirección Regional de Transportes, representado por Luis Gonzaga Espezua Gallegos, por los delitos de peculado de uso, fraude procesal y otros ilícitos.

La Procuraduría Municipal acusa al juez de cometer prevaricato al dictar resoluciones contrarias a la ley.La Procuraduría Municipal de San Román presentó una oposición formal contra la medida cautelar emitida por el juez Guido Chavarría Tiznado del Tercer Juzgado Civil, acusándolo de cometer prevaricato al dictar resoluciones contrarias a la ley.
Simultáneamente, denunció al Sindicato de Trabajadores de la Dirección Regional de Transportes, representado por Luis Gonzaga Espezua Gallegos, por los delitos de peculado de uso, fraude procesal y otros ilícitos relacionados con el terreno destinado al COAR, según informó el alcalde provincial.
El alcalde de la Municipalidad Provincial de San Román, Óscar Cáceres Rodríguez, dio a conocer públicamente el informe detallado sobre las acciones legales emprendidas. La autoridad municipal explicó que la medida cautelar impuesta por el magistrado carece de fundamento jurídico sólido y favorece indebidamente los intereses particulares del sindicato por encima del bienestar público y educativo de la región.
La oposición presentada por la Procuraduría Municipal sustenta que el juez habría incurrido en prevaricato al emitir decisiones judiciales que contravienen el marco legal vigente. El documento legal argumenta que la medida cautelar no cumple con los requisitos de «verosimilitud del derecho» ni presenta justificación razonable para su aplicación en este caso específico.
Acusaciones contra el juez y el sindicato
El Procurador Municipal Walter Mamani Condori fundamentó la oposición señalando que la resolución judicial favorece ilegalmente al Sindicato de Trabajadores de Transporte. La denuncia establece que el magistrado habría actuado con parcialidad, beneficiando intereses particulares y perjudicando el proyecto educativo del Colegio de Alto Rendimiento destinado a servir a toda la región Puno.
Luis Gonzaga Espezua Gallegos, representante del Sindicato de Trabajadores de la Dirección Regional de Transportes, enfrenta acusaciones por peculado de uso y fraude procesal. La Procuraduría Municipal sostiene que el dirigente sindical presentó información falsa y engañosa ante el juzgado, induciendo al magistrado a tomar decisiones perjudiciales para los intereses del Estado y la comunidad educativa regional.
La denuncia por peculado de uso se fundamenta en que el sindicato habría utilizado indebidamente bienes del Estado para fines distintos a los establecidos legalmente. El terreno de 38,400 metros cuadrados en Campamento Taparachi fue destinado originalmente para infraestructura vial, no para actividades sindicales ni recreativas como presuntamente ocurrió bajo la administración del gremio de construcción civil.
Fraude procesal y reversión del terreno
El fraude procesal denunciado contra Espezua Gallegos se basa en la presentación dolosa de documentación incorrecta ante las instancias judiciales. La Procuraduría Municipal argumenta que el representante sindical manipuló información crucial para obtener la medida cautelar, engañando al sistema judicial y perjudicando los legítimos derechos del Estado sobre el predio en disputa.
El alcalde provincial enfatizó que la medida cautelar del magistrado constituye un «peligroso precedente» que podría alentar a otros sindicatos a usurpar terrenos estatales. La autoridad municipal advirtió sobre las consecuencias negativas de permitir que organizaciones gremiales se apropien indebidamente de bienes públicos destinados a proyectos de desarrollo social y educativo para la región.
La estrategia legal municipal incluye solicitar al Poder Judicial que revoque inmediatamente la medida cautelar y remita copias del expediente a la Fiscalía Penal. El objetivo es iniciar investigaciones por los delitos de prevaricato contra el magistrado y peculado de uso, fraude procesal y otros ilícitos contra los representantes del sindicato de construcción civil.
Marco legal y acciones de reversión
La Ley 29151 del Sistema Nacional de Bienes Estatales respalda la posición municipal al establecer que los bienes públicos son inalienables e imprescriptibles. El marco normativo prohíbe expresamente que funcionarios públicos o terceros adquieran derechos sobre propiedades estatales, fortaleciendo los argumentos legales presentados por la Procuraduría Municipal contra las irregularidades denunciadas.
Además, la Municipalidad de San Román, a través del Acuerdo de Concejo N° 035-2025, aprobó la REVERSIÓN del predio denominado Campamento Taparachi consistente en 38,400.00 m2, a favor de la Municipalidad Provincial de San Román y se dejó sin efecto el acuerdo de concejo de fecha 22 de diciembre de 1969, donde se entrega en calidad de donación a favor de la Oficina Regional de Infraestructura Vial de Puno.
La reversión se realizó en mérito al testimonio N° 78 de fecha 15 de febrero 1971, en donde señala tácitamente que la Municipalidad de San Román es propietaria del terreno de 38,400.00 m2 en la zona de Taparachi y hace entrega en calidad de donación a favor de la Oficina Regional de Infraestructura Vial de Puno, hoy Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones para la construcción de talleres, depósitos, edificios, etc., en un plazo máximo de dos años, caso contrario se revertirá el bien donado a favor de la municipalidad.