Ordenan libertad de ronderos sentenciados a 10 años de cárcel

Resolución judicial ordena que la Sala Penal correspondiente de la Corte Suprema, emita una nueva resolución debidamente motivada.

La Corte Superior de Justicia de Lambayeque sala descentralizada Mixta y de Apelaciones de Jaén, integrada por los magistrados Vargas Calderón Severino, Lourdes Cristina Quiroz Vigil y Harold Vladimir Ortiz Carrasco, ordenaron este 19 de julio, la libertad inmediata de los ronderos Germán Huamán García, Teófilo Herrera Peña, Juan Castillo Huamán y Lorenzo Zurita Santos, sentenciados de manera arbitraria a 10 años de cárcel por ejercer funciones jurisdiccionales dentro de sus comunidades.

La decisión fue por una nimidad absoluta, la misma que ordena:

  1. Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por JOSUE NUÑEZ BARBOZA, abogado defensor de los beneficiarios.
  1. REVOCAR la sentencia contenida en la resolución número cuatro de fecha treinta de mayo del año dos mil veintidós, que declara improcedente el pedido de hábeas corpus solicitado por JOSUE NUÑEZ BARBOZA a favor de Huamán García Germán, Herrera Peña Teófilo, Castillo Huamán Juan y Zurita Santos Lorenzo, contra la Procuraduría Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que ejerza la defensa del señor Juez integrantes de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, Dr. Cesar San Martin Castro e integrada por los Magistrado: Dr. Víctor Roberto Prado Saldarriaga, Dr. Salas Arenas Jorge Luis; Dr. Príncipe Trujillo Hugo Herculano; Dr. Segundo Morales Parraguez.
  1. REFORMANDOLA DECLARESE FUNDADA la demanda de habeas corpus interpuesta.
  1. Emitiendo pronunciamiento de fondo DECLARESE NULA la sentencia a que se contrae el Recurso de Nulidad N°1139-2013-LAMBAYEQUE, por las razones expuestas en los considerandos precedentes. DISPONIENDOSE que la Sala Penal correspondiente de la Corte Suprema, emita una nueva resolución debidamente motivada.

5. DISPONGASE la inmediata libertad a los beneficiarios, Juan Castillo Huamán y Lorenzo Zurita Santos, GIRESE la papeleta de excarcelación respectiva, con lo demás que contiene DEVUELVASE al Juzgado de origen.

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