Boluarte presenta polémico PL para agravar penas por delitos cometidos en protestas

La norma busca endurecer delitos que afectan la vida, el cuerpo y la salud, así como los bienes públicos y privados cometidos durante la vigencia de un estado de emergencia declarado por el Estado", esto puede ser a raíz de movilizaciones, desastres, pandemias y otros.

El regimen de Dina Boluarte ha presentado ante el Congreso de la República, un proyecto de Ley con el fin de agravar las penas de delitos cometidos durante la declaratoria de un estado de emergencia por protestas, desastres, pandemias y otros. Para esto, se busca modificar el Código Penal y el Nuevo Código Procesal Penal. La propuesta fue presentada mediante una carta dirigida al presidente del poder Legislativo, José Williams.

De acuerdo al documento, el objetivo de la norma es «reforzar la respuesta del Estado frente a los delitos que afectan la vida, el cuerpo y la salud, así como los bienes públicos y privados cometidos durante la vigencia de un estado de emergencia declarado por el Estado», esto puede ser a raíz de movilizaciones, desastres, pandemias y otros.

En la exposición de motivos, el texto cita al Tribunal Constitucional, el cual señala, por ejemplo, que si bien existe el derecho fundamental a la manifestación, esta no ampara el uso de la violencia como un fin o mecanismo. El TC también indica que «los autores de los desmanes, actos violentos o delitos deben ser sancionados sin reprimir a todos los que participan de la protesta».

Es así que la violación de domicilio pasa de una pena no mayor a 2 años de cárcel a entre 2 y 4 años. Si mediante violencia se obstaculizan vías de comunicación o impide el libre tránsito, se pasa de entre 5 a 10 años de cárcel a entre 6 y 10 años. Las formas agravadas de usurpación pasan de entre 5 y 12 años de cárcel a entre 8 y 15 años.

La pena por el daño agravado a un inmueble ajeno pasa de entre 1 y 6 años de cárcel a entre 4 y 8 años de cárcel. La del peligro por medio de incendio o explosión pasa de entre 3 y 10 años de cárcel a entre 4 y 12 años.

¿Qué modificaciones en el Código Penal propone el Gobierno?
El Poder Ejecutivo busca realizar cambios en los artículos 121, 122, 159, 186, 189, 200, 204, 206, 273, 279, 279 – A, 279 – B, 279 – G, 280, 283, 315, 365, 366 y 367 del Código Penal. Entre las modificaciones se encuentran:

Artículo Pena actual Pena durante estado de emergencia
159. Violación de domicilio Pena no mayor a 2 años de cárcel. Entre 2 y 4 años de cárcel.
200. Mediante violencia o amenaza se obstaculizan vías de comunicación o impide el libre tránsito de la ciudadanía o perturba el normal funcionamiento de los servicios públicos. Entre 5 a 10 años de cárcel. Entre 6 y 10 años de cárcel.
204. Formas agravadas de usurpación. Entre 5 y 12 años de cárcel. Entre 8 y 15 años de cárcel.
206. Daño agravado a un inmueble ajeno. Entre 1 y 6 años de cárcel. Entre 4 y 8 años de cárcel.
273. Peligro por medio de incendio o explosión. Entre 3 y 10 años de cárcel. Entre 4 y 12 años de cárcel.
279. Fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos. Entre 5 y 15 años de cárcel. Entre 10 a 20 años de cárcel.
279-B. Sustracción o arrebato de armas de fuego. Entre 10 y 20 años de cárcel. Entre 12 y 22 años de cárcel.
279-G. Fabricación, comercialización, uso o porte de armas Las penas van entre los 6 y 15 años de cárcel. Entre 12 y 20 años de cárcel.
280. Entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos Las penas van entre los 4 y los 8 años de cárcel Entre 8 y 10 años de cárcel.
365. Violencia contra la autoridad para obligarle a algo. Pena no mayor a 2 años. Pena no mayor a 4 años años.
366. Violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones. Entre 2 y 4 años de cárcel. Entre cuatro y 6 años de cárcel.

 

Diario Perú

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